Algunas Consecuencias del Primer Principio de la Termodinámica
Capacidad calorífica a presión y a volumen constante
Habíamos definido a la capacidad calorífica verdadera como la relación:
En un proceso a volumen constante, podemos definir la capacidad calorífica a volumen constante, que será:
Vimos también que en un proceso elemental a volumen constante:
Y reemplazando en la ecuación anterior:
Como tanto U y T son funciones de V, finalmente podemos escribir:
(1)
Es decir que la capacidad calorífica a volumen constante es igual a la derivada parcial de la energía interna respecto a la temperatura a volumen constante.
En un proceso a presión constante, vimos que la capacidad calorífica se define mediante la relación:
Pero en el proceso a presión constante:
luego
Por lo tanto como H y T son funciones de la presión:
(2)
Es decir que la capacidad calorífica a presión constante, es igual a la derivada parcial de la entalpía respecto a la temperatura a presión constante.
Las ecuaciones (1) y (2) son aplicables a cualquier sistema homogéneo y de composición constante, o sea donde tanto la energía interna como la entalpía depende solamente de dos variables termodinámicas de estado, por ejemplo: V y T ó P y T.